Según lo establecido en el artículo 9 del IV Convenio General de la Construcción se ha aplicado un porcentaje de incremento del 1,5% sobre el salario base y las gratificaciones extraordinarias, así como las vacaciones y pluses. Para las dietas y medias dietas, también se ha establecido un incremento del 1,5% sobre las tablas del 2009.
Además, y teniendo en cuenta el efecto artificial que se va a producir en el IPC por el incremento del IVA durante el año 2010, y como gesto de responsabilidad y compromiso de los agentes sociales no se procederá a revisar las tablas salariales del 2010.
Alcanzado acuerdo en el Convenio de Recolección de Cítricos de la Comunidad Valenciana
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